5:13 pm - viernes abril 19, 8097

Análisis de Ayatollah Mutahari Sobre las Cuestiones Actuales de la Mujer

En el Nombre de Dios, el Clemente, el Misericordioso

Las exigencias de nuestra época hacen necesario examinar y pesar una vez más muchas cuestiones acerca de las que ya no es suficiente aceptar las viejas imposiciones. El sistema familiar, sus derechos y responsabilidades es una de esas cuestiones. En esta época, por razones que se mencionarán más adelante, se ha supuesto comúnmente que las cuestiones básicas en esta área son la «liberación» de la mujer y su «igualdad» de derechos con el hombre. Todos los demás problemas derivan de estas dos cuestiones. De todos modos, el principal problema concerniente a los derechos en el orden familiar, o al menos que está al mismo nivel de los problemas básicos, es decidir si el sistema familiar es independiente de otros sistemas sociales y si el mismo emplea una lógica y criterio especiales, distinto a los de otras instituciones sociales. O si no existe ninguna disparidad entre ésta y otras unida-des sociales. ¿Son los mismos criterios, filosóficos y lógicos los que rigen a ésta y otras unidades, grupos o instituciones?. La causa principal de esta duda está, por un lado, en que las dos partes principales de esta unidad son de sexo distinto y, por otro lado, en la existencia de hijos e hijas. El proceso de la creación ha establecido a los miembros de este grupo o unidad con disposiciones disimiles y con distintas cualidades y temperamentos. La estructura social de la familia es semiinnata y semiconvencional, es decir, ocupa una posición intermedia entre una estructura social instintiva como la de las abejas y hormigas, en las que todos los comportamientos, razones y leyes están determinados por la naturaleza, y una estructura social basada en convencionalismos como la sociedad cívica huma-na, que tiene un menor componente «natural» o instintivo. Como sabemos, los filósofos antiguos consideraban la filoso-fía de la vida familiar como una rama independiente de la «filosofía práctica» y creían que esta sección de la vida humana tenía un criterio y lógica aparte. Platón en su «República», Aristóteles en su «Política» e Ibn Sina (Avicena) en su «ash-Shifa», tratan esta cuestión desde esta perspectiva y ángulo. En cuanto a los derechos de la mujer en la sociedad, también surge, por supuesto, una pregunta y una duda en cuanto a si la naturaleza y derechos humanos de hombres y mujeres son idénticos o no. En otras palabras, si la creación y naturaleza, que han otorgado una serie de derechos a la humanidad, ha dispuesto estos derechos unisexual o bisexualmente. Si ser hombre o mujer es relevante respecto a los derechos y responsabilidades sociales, o si estos derechos son los mismos para ambos sexos a los ojos de la naturaleza y en la lógica de la creación.

En el mundo occidental, después del siglo XVII, hubo un movimiento en el área de las cuestiones sociales que tuvo lugar en el despertar del desarrollo científico y filosófico, bajo el nombre de «Derechos Humanos». Los escritores y pensadores de los siglos XVII y XVIII propagaron sus ideas respecto a los derechos humanos naturales, intrínsecos e indiscutibles, con una tenacidad admirable. Rousseau, Voltaire y Montesquieu estuvieron entre este grupo de pensadores y escritores. La sociedad humana en general les está profundamente reconocida. Se puede incluso afirmar que la sociedad no les debe menos a ellos que a los grandes descubridores e inventores. El punto básico al que este grupo presto atención fue que un ser humano por su naturaleza y por razón de su nacimiento v disposición, posee una serie de derechos y libertades. Ninguna persona puede, por ningún medio o bajo ningún pretexto, negar estos derechos o libertades a cualquier individuo o pueblo. El mismo poseedor de estos derechos no puede, por propia voluntad y deseo transferirlos a otro y despojarse o privarse de ellos. Todos, ya sean gobernantes o gobernados, blancos o negros, ricos o pobres, son iguales respecto a estos derechos y libertades. Este movimiento social e intelectual produjo sus frutos primero en Inglaterra, luego en EEUU y después en Francia, a través de revoluciones, cambios en las formas de gobierno, reclamaciones, etc., y gradualmente estas ideas se expandieron a otros países del mundo. En el siglo XIX surgieron nuevas ideas respecto a los derechos humanos, económicos, sociales y políticos, y tuvieron lugar otros cambios que culminaron en la aparición del socialismo, el requerimiento de la asignación de una parte de los beneficios al proletariado y la transferencia del gobierno de manos de los capitalistas a quienes defendían a la clase obrera. Hasta fines del siglo XIX y comienzos del XX, lo que se dijo sobre los Derechos Humanos y los pasos concretos tomados, estuvieron relacionados con los derechos del pueblo respecto a sus gobiernos, o más precisamente, con los derechos de los trabaja-dores y proletariado respecto a los patrones y explotadores. Pero en el siglo XX surgió la cuestión de los derechos de la mujer como opuestos a los del hombre y, en un primer momento, en la «Declaración Universal de los Derechos Humanos», dada a conocer después de la Segunda Guerra Mundial, en 1.948 por medio de las Naciones Unidas, se declaró explícitamente la igualdad de derechos entre hombres y mujeres. En todos los movimientos sociales occidentales desde el siglo XVII al presente, todas las ideas se centraron en torno a dos cosas: «Libertad» e «igualdad». Observando el hecho que el movimiento por los derechos de la mujer en Occidente siguió la misma secuencia que los otros movimientos y aún cuando la historia de los derechos de la mujer en Europa estuvo llena de penalidades extraordinarias en lo referente a su libertad e igualdad, nunca se discutió de otra cosa más que de «libertad» e «igualdad». Los pioneros de este movimiento consideraron la libertad de la mujer y la igualdad de sus derechos con los del hombre, como si fuera la realización del movimiento por los Derechos Humanos, que habían sido la idea central desde el siglo XVII. Afirmaban que sin asegurar la libertad de la mujer y la igualdad de derechos con el hombre, no tenía sentido ninguna mención a los Derechos Humanos y a la libertad. Por otra parte, creían que todas las 4 dificultades dentro de la familia surgían de la ausencia de libertad para la mujer y la falta de igualdad de derechos entre hombres y mujeres y que consiguiendo este objetivo, todas las dificultades de la familia se resolverían rápidamente. En esta nueva desviación, que nosotros llamamos «la cuestión fundamental en el sistema del derecho familiar», la cuestión de si este sistema es por naturaleza independiente, con su propia lógica y normas, separadas de las de otras instituciones sociales o no, fue dejado en el olvido. Lo que ocupó la mente de la gente fue la expansión de los principios de la libertad de las mujeres respecto a la de los hombres. En otras palabras, en la cuestión de los derechos de la mujer, también el único tópico en discusión era «el derecho natural, inalienable e irrevocable del hombre» y nada más. Todas las cosas se revolvían en torno a la cuestión que el hombre y la mujer son compañeros en la humanidad, que la mujer es un ser humano genuino y debe por lo tanto gozar del derecho inalienable e indiscutible de un ser humano, tal como el hombre, y en igualdad con él. En algunos capítulos de este libro hay una completa discusión de las fuentes del derecho natural y se demuestra allí que la fundamentación básica de los derechos naturales es la naturaleza misma. Si el ser humano goza de ciertos derechos especiales que el caballo, la oveja, el pájaro y el pez no los comparten con el, es debido a su naturaleza, origen y creación. Si todos los seres humanos son iguales en derechos naturales y todos deben vivir en «libertad», se debe a una orden dada en el propio texto de la creación. No existe otra prueba. Los intelectuales que defendieron la libertad e igualdad como derechos naturales de los seres humanos, no tuvieron tampoco otro argumento más que éste. Ahora veamos por qué lo que nosotros llamamos la cuestión fundamental en el sistema del derecho de la familia, no se le presta atención. ¿Es que ha sido descubierto a la luz de la ciencia moderna que la diferencia y la variación entre el hombre y la mujer es una simple diferencia de órganos constitutivos y que ésto no tiene ningún efecto sobre la estructura física y espiritual fundamental, sus derechos y las responsabilidades a las que están obligados? ¿Y es por ésto que no se les da ningún tratamiento separado en la moderna filosofía social?. El caso es que las circunstancias son precisamente las opuestas. A la luz de los modernos descubrimientos y avances en las ciencias biológicas y psicológicas, la diferencia entre los dos sexos se ha vuelto más clara y mejor documentada. En algunos capítulos hemos examinado ésto y hemos citado las investigaciones de biólogos, psicólogos y médicos. Produce asombro que a pesar de todo esto el problema básico se haya dejado completamente en el olvido. El origen de esta negligencia posiblemente reside en que estos acontecimientos tuvieron lugar muy precipitadamente y el resultado fue que .aunque alejó ciertos infortunios de la mujer, le llevó como regalo otras desgracias y sufrimientos, a ella y a toda la sociedad. Veremos en este libro que la mujer occidental fue privada incluso de los derechos más simples y triviales hasta principios del siglo XX y que solamente al comienzo del mismo el hombre occidental comenzó a pensar en corregir la situación.

Y desde ese momento fue a la cola de otro movimiento en el campo de la «igualdad» y «libertad», esperando que se produzca un milagro del espíritu de estas dos palabras. Ignoraron el hecho de que la igualdad y la libertad dependen de la relación de los seres humanos entre sí y del hecho que son seres humanos. En términos académicos: «La igualdad y libertad son derechos del hombre de acuerdo a su categoría y condición de hombre». Dado que la mujer es un ser humano, es creada libre, igual que los demás seres humanos y comparte así iguales derechos. Pero la mujer es un ser humano con condiciones particulares y el hombre otro ser humano con otras condiciones particulares. El hombre y la mujer son iguales como seres humanos, pero son dos tipos de seres humanos con dos tipos de características y dos tipos de psicologías. Esta diferencia no es el resultado de factores geográficos, históricos o socia-les. Más bien, está así diseñado en el mismo plano de la creación. La naturaleza persiguió un propósito en estas dos condiciones diferentes y todo lo que sea tomar medidas contra la naturaleza y el orden natural de las cosas está destinado a generar una situación indeseable. Lo mismo que la libertad e igualdad de los hombres y las mujeres son manifestaciones de la naturaleza y así vemos lo que la naturaleza nos sugiere o comunica respecto a la unicidad o la dualidad de los derechos de hombres y mujeres y también respecto a si la unidad familiar es al menos una sociedad seminatural o no. Por lo menos se puede esbozar un punto: ¿es la bisexualidad de los animales, incluido el hombre, simplemente accidental o es parte del plan de la creación? ¿la diferencia entre los dos sexos se da simplemente a nivel de sus órganos constitutivos o, en palabras del biólogo francés Alexis Carrel, cada una de las células del ser humano es un signo de su sexualidad?. ¿El hombre y la mujer, tienen su propia misión en la lógica y la disposición connatural? ¿es conveniente la unisexualidad o la bisexualidad? ¿son éticas las cuestiones unisexuales o bisexuales y la educación en ellas? ¿qué sucede respecto a los castigos? ¿qué ocurre con la responsabilidad y las vocaciones (en los trabajos)?. En este desarrollo se olvida que hay otras cuestiones a tener en cuenta además de la libertad y la igualdad. La igualdad y libertad son condiciones necesarias pero no suficientes. Derechos equitativos son una cosa, pero identidad de derecho es algo más. La igualdad de derechos del hombre y la mujer desde el punto de vista de su identidad material y espiritual, es una cosa, pero su paridad, uniformidad e identidad es otra cosa. En esta evolución, intencionalmente o no, la «igualdad» es tomada en el sentido de «identidad» y «equivalencia» o «uniformidad». La calidad ha sido eclipsada por la cantidad en el esfuerzo por hacer presente la «hombría» de la mujer, ha sido olvidada su «feminidad». Esta negligencia no puede ser considerada simplemente, en realidad, como un descuido filosófico surgido de una precipitación indebida. También operaron otros factores que quisieron aprovecharse de esta «libertad» e «igualdad» de las mujeres. Uno de esos factores fue la aspiración de los capitalistas envueltos en este asunto. Porque los patrones quisieron que las mujeres fueran llevadas de sus casas a las fábricas, para benefi-ciarse con su trabajo. Por eso levantaron la bandera de los derechos de la mujer, su independencia económica, libertad e igualdad de derechos con los hombres, siendo esta gente solamente la que podía aceptar y legalizar estas demandas.

En el capítulo 9 de «Los placeres de la filosofía», después de citar algunas de las despectivas ideas de Aristóteles, Nietzsche, Schopenhauer y algunos de los libros sagrados judíos acerca de las mujeres, y después de señalar que la libertad de la mujer ya fue discutida durante la Revolución Francesa, sin que exista ningún cambio práctico en su situación, Will Durant observa: «Aproximadamente hasta 1.900 una mujer tenía difícilmente algún derecho, lo que un hombre debía legalmente aceptar» (p.131). Luego escribe sobre los motivos para el cambio del status de las mujeres en el siglo XX: «La emancipación de la mujer fue un incidente de la Revolución Industrial». Y continúa; «Ellas eran más baratas como trabajadoras que el hombre. Los patrones las preferían antes que al costoso y rebelde compañero. Hace un siglo en Inglaterra a los hombres les era difícil conseguir trabajo, pero había anuncios y carteles en las puertas de las fábricas invitándoles a mandar a sus mujeres e hijos a trabajar allí… El primer paso legal en la emancipación de nuestras abuelas fue la legislación de 1.882, por medio de la cual se decretó que en adelante las mujeres de Gran Bretaña gozarían del privilegio sin precedentes de quedarse con el dinero que ganasen». (En su comentario sobre la Ley Civil de Irán, el Dr. Ali Shaygan escribe: «La independencia que una mujer tiene con su propiedad, que el chiísmo reconoció desde el principio, no existió en Grecia, Roma o Alemania ni en las leyes de la mayoría de los países hasta hace muy poco tiempo. Le fue prohibido ejercer algún derecho de pertenencia sobre su propiedad como si fuese menor de edad, una lunática o una persona interdicta. En Inglaterra, donde en el pasado la personalidad de una mujer se perdía en la insignificancia frente a la de su marido, se aprobaron dos proyectos, uno en 1.870 y el otro en 1.882, llamados la Ley de los derechos de propiedad de la mujer casada, por la que fue levantada la prohibición a la mujer para disponer de su propiedad»). «Fue una ley cristiana y altamente moral llevada a la Cámara de los Comunes por los industriales, lo que indujo a las señoritas de Inglaterra a trabajar en sus industrias. Desde entonces, la irresistible tentación de la ganancia ha arrastrado a la mujer del penoso trabajo del hogar a la esclavitud de la tienda (p. 131-132)». El desarrollo de la mecanización y la producción siempre creciente a una escala más grande que el nivel de las actuales necesidades de la gente, la necesidad de persuadir a los consumidores a través de miles de engaños y fraudes, la insistencia con que todos los medios, auditivos, visuales, psicológicos, sensoriales, estéticos, artísticos y venales, transformaron al hombre en un agente involuntario del consumismo y requirió además que el capitalista se aprovechase de la existencia de la mujer. No de su esfuerzo físico o de su capacidad de trabajo como una simple trabajadora repartiéndose la producción con el hombre, sino más bien de su facultad para atraer con su belleza, comerciar con su honor, para incitar y cautivar las mentes y voluntades transformándolas para imponer el consumismo. Está claro que todo esto fue hecho en nombre de la «libertad» y para que sea «igual» al hombre. Políticamente tampoco se quedó atrás en el uso de este factor. Se pueden leer los pormenores de esto normalmente en diarios y revistas. En todas estas cosas la existencia de la mujer es explotada y usada como un medio para obtener los objetivos del hombre. Y todo bajo el manto de la «libertad» o «igualdad».

Está claro que la juventud del siglo XX no logró aprovechar esta preciosa oportunidad. Dejó de asumir la responsabilidad tradicional respecto a las mujeres haciendo de su búsqueda algo más barato, capturándola en sus garras. Después derramaron más lágrimas de cocodrilo que antes, hablando de la desgracia de la mujer y de la injusta discriminación contra ella. Y, finalmente, para aprovecharse mejor de los place-res de este mundo, retardaron sus matrimonios hasta tener 40 años o más, prefiriendo incluso quedarse solteros. No hay duda de que nuestro siglo ha eliminado una serie completa de desgracias para la mujer, pero la cuestión es sobre si realmente no se les ha llevado otra serie de desgracias como regalo. ¿Cuál es la razón para esto? ¿está la mujer condenada a una de estas dos calamidades y forzada a elegir entre ellas? ¿no hay nada que le permita desechar tanto sus viejas como sus nuevas desgracias?. La realidad es que no hay compulsión o inevitabilidad. Las desgracias de los viejos días fueron principalmente causadas por el hecho de que la mujer es un ser humano que fue olvidado y sus modernas desgracias se deben a que, intencionalmente o no, la feminidad de la mujer, su innata naturaleza y su misión, el eje alrededor del cual se mueve, sus necesidades instintivas y sus capacidades especiales, son totalmente ignoradas. Es realmente extraño que en cualquier parte donde se exhiben las distintas características y naturaleza innatas de mujeres y hombres, una parte de la gente interpretará que se está expresando la deficiencia de la mujer y la perfección del hombre, y esencialmente, como algo que se reduce a la obligación de una serie de beneficios para el hombre y a una serie de privaciones para las mujeres, olvidando que la deficiencia y la perfección, no es lo que está en consideración. El esquema de la creación no buscó hacer a uno perfecto y al otro imperfecto. Después de su lógica y «sabia» interpretación, esta gente exclama: «Pues bien, ya que la naturaleza fue tan cruel con la mujer y la creó débil e imperfecta, ¿debemos nosotros agravar la situación agregando injusticia a la injusticia?. Si relegamos la natural condición de la mujer al campo del olvido, ¿no la haremos más humana?. La situación, concomitante mente, es precisamente la inversa. La indiferencia hacia la natural e innata disposición de la mujer ha ocasionado la violación de sus derechos. Si el hombre de enfrenta a la mujer y le dice: «Ahora tú eres tú y yo soy yo. Todas las tareas, obligaciones, beneficios, permisos y castigos serán iguales para ambos y en todas las dificultades y trabajos difíciles serás mi compañera y recibirás una compensación en proporción a tu capacidad de trabajo. No esperes ninguna consideración especial o apoyo de mi parte. Eres responsable de todos tus gastos. Compartiremos los gastos de los niños. Te defenderás tú misma de los peligros y de los riesgos. Gastarás conmigo tanto como yo contigo…» será la ocasión para que la mujer se dé por vencida, porque su fuerza de trabajo y productividad es naturalmente menor que la del hombre y sus gastos mayores. Además, la menstruación, los inconvenientes del embarazo, la dificultad del trabajo y la crianza de los niños la coloca en una situación en la que queda totalmente bajo la protección del hombre, con menos responsabilidades y más derechos. Esto no se limita al ser humano solamente: todos los animales que viven en pareja se comportan así. En todas estas especies el macho instintivamente protege a su compañera. Si la disposición natural e innata de ambos sexos y se observa su participación en los derechos equitativos, en la igualdad como seres humanos, entonces la mujer se encontrará con una posición muy favorable: ni su persona ni su personalidad serán pisoteadas. Debido a la falta de atención, nos encontramos con que nos olvidamos de la natural e innata circunstancia de los dos sexos y finalmente todas las cosas dependen de la libertad y del proceder de igual manera en todo. Sería mejor observar a esa gente, que antes que nosotros recorrió este camino y llegó a su fin, para ver qué han dicho y escrito. En la revista «Jandanija» («Cosas para leer», no 79, año 34, 4 de Tir de 1.353) hay un artículo de Majnamaj Shajrbani bajo el título «Las aventuras de las mujeres trabajadores en la sociedad norteamericana» que fue traducido de la revista «Coronel». Es un artículo detallado y vale la pena leerlo. Comienza con las aflicciones de una mujer. Descubre cómo en nombre de la igualdad entre el hombre y la mujer las concesiones implementadas para transformar a las mujeres en obreras, ya no existen. Por ejemplo, no se dejaba que una mujer levantara un peso mayor de 25 libras (12 kilos), mientras no había tal límite para los hombre. Dice la escritora: «Han sido modificadas las condiciones laborales en la fábrica General Motors en el Estado de Ohio, para describirlo mejor, el lugar donde actualmente 2.500 mujeres están trabajando esforzadamente en condiciones miserables…». Dicha mujer se autodescribe atendiendo una potente caldera o limpiando 12 kilos de metal fundido que, poco antes un hombre musculoso había puesto en ese lugar, quien mirándola le dijo: «Estoy agotado».Dice que ella tiene que levantar hasta un gancho colocado entre 25 y 50 pulgadas, pesos de más de 35 libras por minuto. Tiene las manos siempre hinchadas y doloridas. El artículo narra luego las aflicciones, ansiedades y aprehensiones de otras mujeres, cuyos maridos son marineros. Recientemente el almirantazgo tomó la decisión de que un número de mujeres serían empleadas para trabajar a bordo de un barco con hombres. Y escribe: «En el ínterin las autoridades navales enviaron un barco en servicio con 40 mujeres y 480 tripulantes. Cuando volvió el barco, tras su primer viaje mixto, la excitación y ansiedad entre los miembros de la tripulación era tal que se hizo un interrogatorio y rápidamente se descubrió que no solamente se dieron aventuras amorosas durante el viaje sino que la mayoría de las mujeres tuvieron relaciones sexuales con varios hombres, no sola-mente con uno». El artículo continúa diciendo que en el Estado de Florida la preocupación después de la «liberación» fue la que deberían sufrir las viudas, porque uno de los jueces del Estado, Tomás Testa, anunció que la ley que exima a las viudas de pagar impuestos por encima de los 500 dólares quedaba anulada. Los jueces considera-ron que esta ley conllevaba una discriminación contra los hombres. Luego cuenta que la señora Mac Daniel tiene las manos doloridas, la señora Stone (cuyo marido es marinero) está ansiosa y aprehensiva y las viudas de Florida han sido multadas. Todas ellas han probado el gusto a la libertad. Para un gran número de ellas la cuestión se presenta en si han perdido más de lo que ganaron.

Ahora ya no tiene objeto promover la discusión porque el juego ya ha comenzado y cada uno va a ocupar su sitio. Se ha resuelto que este año (1.974) la enmienda número 27 a la Constitución sea aprobada y de acuerdo a esa enmienda la manifestación de alguna preferencia en base al sexo se vuelve ilegal. Así, las aseveraciones del Dr. Rosko Bavand, profesor de la facultad de Derecho de la Universidad de Harvard, de que la libertad de las mujeres será la fuente de lamentables resultados para la situación legal de la mujer norteamericana, serán ciertas. Uno de los senadores de Carolina del Norte, G. Irwin, después de estudiar el conglomerado social norteamericano donde los derechos eran iguales, declaró que las leyes sobre la familia deberían ser totalmente modificadas. Ningún hombre entonces debería ser considerado legalmente responsable de cubrir los gastos de la familia. La revista escribe que la señora Mac Daniel dice que una de las mujeres trabajadoras debido al levantamiento de un gran peso quedó afectada con derrames internos. «Queremos volver a nuestra situación anterior. Queremos que los hombres nos traten como mujeres y no como trabajadoras» dice ella. Agrega que es una cuestión muy simple para los defensores de la liberación de la mujer sentarse en sus suntuosos despachos y declarar que hombres y mujeres son iguales, porque ellos nunca visitaron una fábrica. No comprueban que la mayoría de las mujeres asalariadas norteamericanas deben, al igual que ella, trabajar y padecer en las fábricas. Además dice que no quiere esta igualdad porque no puede realizar el trabajo que está pensado específicamente para el hombre. Los hombres son físicamente más fuertes que las mujeres y si ellas fuesen llevadas a competir laboralmente con ellos y fuesen comparados sus trabajos, preferiría, por propia decisión, dejar de trabajar. Las concesiones a las que las mujeres trabajado-ras de Ohio han renunciado son más que los privilegios y beneficios que tuvieron por medio de las leyes de protección a los trabajadores. Finalmente dice que la mujer ha renegado de la feminidad y no puede comprender qué ha ganado con su «liberación». «Es posible, por supuesto, dice ella, que la situación de un limitado número de mujeres pudo haber mejorado, pero la mujer trabajadora, decididamente, no se encuentra dentro de ese grupo». Este es un corto resumen del artículo. Observando su contenido es evidente que estas mujeres, debido a los problemas y dificultades que les fueron impuestos en nombre de la libertad y de la igualdad, han perdido la paciencia hasta tal grado que ahora son enemigas de estas dos palabras, no comprendiendo que estas dos palabras no son malas en sí mismas. La mujer y el hombre son dos estrellas en órbitas diferentes. «Ni al sol conviene que alcance la luna… ni a la noche adelantar al día. Cada uno navega en una órbita» (Corán 36, 40). La condición básica para la felicidad del hombre y la mujer y, en realidad, de toda la humanidad, es que cada sexo continúe moviéndose en su órbita. La libertad e igualdad les será beneficiosa mientras ninguna de ellas deje su órbita y dirección natural. Lo que ha sembrado los problemas y dificultades en esta sociedad es el hecho de la rebelión contra el orden natural. 10 Estamos reivindicando que la cuestión de los derechos de la mujer en el hogar, como así también en la sociedad, deberían ser impuestos nuevamente y no deberíamos estar satisfechos con las imposiciones del pasado. Pensamos que, en primer lugar, deberíamos tomar la naturaleza como guía y, en segundo lugar, extraer el máximo beneficio de las experiencias de los siglos pasados y del actual, tanto de las buenas como de las malas. Solamente entonces se realizará la evolución de los derechos de la mujer en un sentido correcto. ******* El Santo Corán es aceptado por amigos y enemigos como el sostenedor de los derechos de la mujer. Sus oponentes aceptan que al menos el Corán en los tiempos de su revelación dio grandes pasos en beneficio de los derechos humanos para la mujer. Pero el Corán nunca olvidó la feminidad de la mujer y la hombría del hombre en función de devolver a la mujer el status de ser humano y de hacerla socia del hombre en la vida y en los derechos huma-nos. En otras palabras, el Corán consideró a la mujer como es en la naturaleza. A este respecto hay una conformidad completa entre las órdenes del Corán y las de la naturaleza. Estos dos grandes libros de Dios, uno creado y otro compilado, coinciden entre sí. En los artículos siguientes, si podemos hacer algo provechoso y nuevo, será el encontrar una explicación de esta conformidad y armonía. ******* Lo que el lector tiene ante si es una colección de artículos que el autor escribió en circunstancias especiales en 1.345 (1.966/ 67). Fueron publicados en la revista «Zaniruz» bajo el título «Zan dar huquq Islami» (La Mujer en el Derecho Islámico). Los artículos fueron leídos con mucho interés. Cuando la gente que no conocía el fondo de la cuestión y no estaba relacionada con ella en ese momento, escuchó que estos artículos fueron publicados por primera vez en dicha revista tan especial, ciertamente se sorprendió de que se eligiera a la misma para su publicación. También puede haber sorprendido que la revista haya consentido la publicación de estos artículos sin cortes o censura. Por lo tanto, es necesario mencionar las circunstancias de su publicación. («Zaniruz» -La Mujer Moderna- era más bien una revista de la mujer de estilo occidental y lujosa. Todavía se publica, pero por supuesto, con una política editorial más independiente e islámica). En 1.345 (1.966/67) las revistas y periódicos, especialmente las publicaciones para mujeres, pasaron un momento álgido provocado por la discusión de la modificación de la ley civil en relación con los derechos de la familia. Como la mayoría de las propuestas que fueron presentadas eran contrarias al texto coránico, surgieron naturalmente sentimientos de intranquilidad entre los musulmanes iraníes. En medio de esto, el juez Faquid Ibrahim Mahdavi Zanjani produjo la mayor agitación, más que cualquier otro, agregando leña al fuego. Publicó una propuesta al respecto conteniendo 40 artículos, que aparecieron en la revista mencionada. Esta los transcribió con llamativos subtítulos, vinculados a lo que se llamó «cupones», en aquellos días, donde se pedía a los lectores que dieran sus opiniones respecto a los 40 artículos propuestos. Dicho escritor prometió que en el curso de una serie de artículos en esa revista presentaría sus argumentos en apoyo a sus 40 propuestas. En ese tiempo yo recibí una llamada telefónica de un respetado y bien conocido centro islámico de Tehrán y en una reunión con los editores de «Kayhan» e «Italat» hice referencia a algunos de los temas publicados en sus ediciones sobre la mujer. Los editores me dijeron que si quería escribir sobre algo podía dárselos prometiéndome que sería publicado completo, sin cortes. Después de la propuesta ambos me hicieron una sugerencia: me dijeron que si el tiempo y las circunstancias lo permitían, podría expresarme a través de esas revistas y hacer notas con las observaciones necesarias en cada publicación. Les dije que no estaba preparado para escribir dichos comentarios pero ya que Mahdavi había prometido escribir una serie de artículos en defensa de sus «40 artículos» en «Zaniruz», yo estaba dispuesto, durante la publicación de esa serie, a hacer mis comentarios sobre esos 40 artículos en la página opuesta de la misma revista para que ambas ideas pudieran ser expuestas al público. Me pidieron que les diera tiempo para poder contactar nuevamente con los directores de las editoras. Luego me informaron por teléfono que la revista estaba de acuerdo. Después de ésto, escribí una carta a la revista declarando mi disposición para defender la Ley Islámica y les pedí que publicaran mis artículos en la revista junto a los de Mahdavi. A la vez les recordé que en caso de que la revista aprobara mi sugerencia, deberían publicar mi carta y hacer constar su aceptación por su parte. La revista estuvo de acuerdo y publicó mi carta junto con su aceptación en el n2 87 del 7 de Aban de 1.345 (29/10/66) y el primer artículo apareció en el no 88. Durante mis estudios previos acerca de los derechos de la Mujer, había leído un libro de Mahdavi y durante algún tiempo me compenetré con su lógica y de la de otros parecida a la suya. Además de eso me interesé profundamente durante muchos años en el tema de los derechos de la mujer en el Islam, así que tenía un amplio material sobre el tema y estaba perfectamente preparado. Los artículos de Mahdavi y los míos fueron publicados de la manera acordada. Naturalmente, traté los temas siguiendo el orden en que los trataba él, aunque enseguida se le hizo difícil continuar con sus artículos . Alrededor de seis semanas después Mahdavi murió de un ataque al corazón y me liberó de escribir las réplicas. Durante ese periodo de seis semanas estos artículos dejaron sus huellas. Quienes se interesaron en los artículos pidieron a la revista y a mí que los continuara. Se aceptó esa petición y aparecieron 33 artículos más. Estas fueron las circunstancias de su publicación. Aunque en estos 33 artículos solamente fueron tratados una parte de los temas que tenía en mente y muchos otros queda-ron pendientes de discusión, debido a mi cansancio y a otras cosas que ocuparon mi atención, detuve la redacción de esa serie. Aquellos lectores interesados me presionaron para que hiciera un libro. Por mi parte, desde que me propuse terminar un trabajo completo sobre los derechos de la mujer, no estuve de acuerdo con una simple reimpresión de los artículos aparecidos. Finalmente, cuando me pareció que no podría esperar completar el trabajo, decidí contentarme con lo que había hecho. En esta serie de artículos los aspectos del problema que han sido tratados son: declaración de amor (a la mujer, por parte del hombre); periodo fijado para el matrimonio (muf ah); mujer e independencia social; Islam y modernización de la vida; el status de la mujer en el Corán; autoconsideración y derechos huma-nos; los fundamentos naturales de los derechos de la familia; la diferencia entre el hombre y la mujer; la manutención; la herencia; el divorcio; la poligamia.

Otros aspectos del tema que quedan para ser discutidos y para los que ya he preparado notas de estudio son: los derechos del protector de un niño; periodo de ‘iddah para las mujeres entre casamientos y su filosofía; las mujeres, ijtihad (competencia en jurisprudencia islámica) e ifta’ (opinión legítima); las mujeres y la política; las mujeres y la elección de jueces; la educación de las mujeres y la ética; vestimenta de la mujer; moralidad sexual, honor, castidad, pudor, etc.; maternidad de la mujer y el trabajo fuera de la casa y otra serie de temas. Si Dios me da la oportunidad haré todo esto y lo publicaré como un segundo tomo de este libro.

(Desgraciadamente nunca se publicó).

Rogando el éxito y la guía de Allah, Murtada Mutahhari

 

FUENTE: Los Derechos de la Mujer en el Islam-Prefacio

 

Filed in: Feminismo, Social

No comments yet.

Deja un comentario

Debes iniciar sesion para dejar un comentario.