TIPOS DE REPARACIÓN EXPIATORIA POR NO AYUNAR EN EL MES DE RAMADAN SEGÚN LA CAUSA
❇️ PREGUNTA : ¿Cuál es la diferencia entre «kafarah» y «fadiah»?
🔵 RESPUESTA: 🔹Kafarah: es considerado un tipo de pena, por ejemplo cuando una persona no ayuna por alguna causa en el mes de Ramadán y, sin ningún motivo, durante el año y hasta el próximo mes de Ramadán, no lo realizó en forma «qada» (la realización del propio ayuno en otro momento), que en ese caso deberá pagar un porción de comida a un pobre por cada día no ayunado.
🔹Fadiah: no es considerado una pena, aunque desde el punto de vista de la cantidad no tiene diferencia con el «kafarah», pero se da en lugar del ayuno no realizado.Ejemplos de casos específicos en que se debe dar «fadiah»: 1. El anciano y la anciana que no pueden realizar el ayuno porque para ellos es muy difícil.2. La persona que está enferma a quien el ayuno lo perjudica y su enfermedad continúa hasta el año siguiente.3. La mujer que está embarazada y cuyo alumbramiento está cercano y el ayuno le puede perjudicar.4. La mujer que está amamantando y que tiene poca leche, y el ayuno perjudica a su bebe.
FUENTE📗: «Resaleh Maraye, p. 540, «Resaleh Amuzeshi» p. 255.
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Dictámenes con respecto al ayuno
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