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Clases de Sangre Observadas en las Mujeres

Traducción al español para U.M.M.A por Fabiana Ríos
Istihadha “Descarga irregular de menstruación”

Una clase de sangrado que es experimentado por las mujeres es llamado “Istihadha”, que es una descarga irregular de menstruación, y la mujer que se encuentra en ese estado es llamada “mustahadha”, menstruante irregular.

398. La Istihadha es habitualmente amarillenta, fría y no es emitida con abundancia o irritación, tampoco es espesa. Es, sin embargo, posible que por momentos, el color de la sangre sea rojo u oscuro, o puede estar tibia, espesa y ser expedida en cantidad y con irritación.

399. Existen tres clases de descarga menstrual irregular: Leve (Qualila), moderada (Mutawaassita) y excesiva (Kathira). La explicación está dada a continuación:

I. “Qualila” Poca Sangre:
Si la sangre permanece en la superficie del género, apósito, etc. (ubicado por la mujer en sus partes íntimas), pero no lo penetra, la descarga menstrual irregular es llamada “Qualila”.

II. “Mutawassita” Sangre Moderada:
Si la sangre penetra al algodón o apósito, aunque sea parcialmente, pero no empapa el género del otro lado, la descarga menstrual irregular es denominada “Mutawassita”.

III. “Kathira” Sangre Excesiva:
Si la sangre penetra a través del algodón, empapándolo y también al género alrededor de él, etc., la descarga menstrual irregular es nombrada “Kathira”.
Reglas de Istihadha (Descarga menstrual irregular)

400. En el caso de una pequeña irregularidad menstrual, una mujer debe llevar a cabo las abluciones separadas para cada oración, y debe, como precaución recomendada, lavar o cambiar el apósito. Si un poco de sangre es hallada fuera de su partes privadas, debe purificarse con agua.

401. En caso de “Mutawassita”, es una precaución obligatoria para la mujer, realizar un baño cada día para sus plegarias diarias, y debe actuar de acuerdo a las reglas de la menstruación irregular leve como fue explicada en la regla precedente. Si el estado de descarga de la menstruación irregular comienza antes o justo en el momento de las plegarias del amanecer, debe llevar a cabo el baño antes de ofrecer las plegarias del amanecer. Si no se baña, intencionalmente o por descuido, debe bañarse antes de la oración del mediodía y de la tarde. Si pasó por alto eso, debe bañarse antes de rezar en el atardecer y las plegarias nocturnas. Lo hará más allá de que el sangrado continúe o se detenga.

402. En el caso de un sangrado excesivo, la mujer debe cambiar, como precaución obligatoria, el algodón o apósito de sus partes privadas, o puede purificarlas con agua. Es también necesario que deba ser llevado a cabo un baño para las plegarias del amanecer, uno para las del mediodía y para las de la tarde y nuevamente para las del atardecer y las plegarias de la noche. Debe ofrecer las plegarias de la tarde inmediatamente después de las del mediodía y le es permitido que en cualquier momento entre ellas, ella deba bañarse nuevamente para las plegarias de la tarde. Igualmente, si ella tiene un lapso de tiempo entre las plegarias del atardecer y de la noche, ella debe bañarse nuevamente antes de las plegarias de la noche.

Todas estas reglas se aplican cuando el sangrado es tan abundante que continúa ensuciando el apósito, etc. Pero si tarda más en ensuciar el algodón o apósito y la mujer tiene tiempo suficiente para realizar una o más oraciones en el medio, entonces, como precaución obligatoria, ella cambiará el apósito o lo lavará para ejecutar la purificación y luego aplicar el baño sólo cuando el género que cubre el apósito está totalmente empapado.

Por ejemplo, si una mujer rezando la oración del mediodía, halla que el apósito está totalmente empapado nuevamente antes de la oración de la tarde, ella se bañará para la oración de la tarde. Si se da con que el flujo de sangre es lo suficientemente lento como para permitirle que dos o más plegarias sean ofrecidas antes que el algodón o el apósito estén totalmente sucios con sangre, no habrá necesidad de bañarse antes de las subsiguientes plegarias. Por ejemplo, si halla que hay tiempo suficiente para ofrecer las plegarias del atardecer y de la noche, antes de que el apósito se empape, ella puede rezar las oraciones del atardecer y de la noche sin bañarse.
En todo caso, el baño en la descarga menstrual irregular excesiva no requiere la ablución luego de la misma.

403. Si la sangre de la descarga menstrual irregular es vista antes de que el momento de rezar haya llegado, y la mujer no ha ejecutado la ablución o el baño por ese sangrado, ella debe llevar a cabo la ablución o el baño para el momento de las plegarias, aunque no haya menstruado irregularmente hasta el momento.

404. Una mujer cuya descarga menstrual irregular sea moderada, debe primero ejecutar un baño y luego la ablución, como precaución obligatoria. Pero si la mujer con una descarga menstrual irregular excesiva desea llevar a cabo la ablución, debe realizarla antes del baño.

405. Cuando una mujer, con descarga menstrual leve, descubra luego de las plegarias del amanecer que su descarga irregular de menstruación se ha convertido en una moderada, deberá llevar a cabo el baño para las plegarias del mediodía y de la tarde. Si dicho cambio ocurre luego del rezo del mediodía y de la tarde, ella deberá bañarse para las oraciones del atardecer y la noche.

406. Si una mujer descubre, luego de la oración del amanecer, que su descarga irregular de menstruación leve o moderada, se ha convertido en una excesiva, y permanece en ese estado, entonces ella debe seguir las directivas dadas en la regla 402, con respecto a las oraciones del mediodía, tarde, atardecer y noche.

407. Como se explicó en la regla 402, una mujer con una descarga menstrual irregular excesiva, debe asegurarse que no hay lapso de tiempo entre el baño y las plegarias. Por ello, si ocurre dicho lapso, por haberlo llevado a cabo antes, el baño será nulo, y la mujer deberá bañarse otra vez. Esta regla se aplica también a aquellas con descarga menstrual irregular moderada.

408. Aparte de las reglas pertinentes a las plegarias diarias, que han sido explicadas anteriormente, una mujer con descarga menstrual irregular leve o moderada debe llevar a cabo abluciones para todas las plegarias obligatorias o preferibles. Pero si desea repetir, como medida precautoria las oraciones diarias que ya ha ofrecido, o desea ofrecerlas otra vez con la congregación las que ha ofrecido individualmente, ella ha de llevar a cabo todos los actos que han sido mencionados con respecto a la descarga menstrual irregular. En el caso de la oración de precaución “de la prosternación y el testimonio olvidados” que son ejecutadas inmediatamente después de las plegarias, no es necesario que siga las reglas de la descarga menstrual irregular. Igualmente, ninguna regla de la descarga menstrual irregular se aplicará para la ejecución de la postración de inadvertencia en momento alguno.

409. Luego que se haya detenido el sangrado de la mujer de menstruación irregular, ella debe seguir las reglas de la descarga irregular de menstruación sólo para la primera de las plegarias, que puede ofrecer. Para las plegarias que le siguen, las reglas de la descarga menstrual irregular no serán necesarias.

410. Si una mujer desconoce que clase de descarga irregular tiene, deberá colocarse ella misma en algún tipo de descarga menstrual irregular, y así pueda seguir las reglas prescriptas.
Si está segura que la clase de descarga menstrual irregular no cambiará al momento de realizar las oraciones, ella puede llevar adelante la prueba antes del momento indicado para las plegarias.

411. Si una mujer que menstrua irregularmente comienza sus plegarias sin investigar, pero su intención es obedecer las órdenes de Allah y actuar de acuerdo a sus deberes, sus plegarias son válidas. Por ejemplo, si su descarga de menstruación irregular fue leve, y actuó de acuerdo a esa regla, sus plegarias serán correctas y válidas. Pero si no tiene intención de obedecer a Allah o seguir sus reglas, sus plegarias serán inválidas. Por ejemplo, siguió las reglas para la descarga de menstruación irregular leve pero, en realidad es moderada, entonces sus plegarias serán inválidas.

412. Si una mujer que menstrua irregularmente no puede discernir acerca de su descarga menstrual irregular, debe actuar acorde a un mínimo de certeza. Por ejemplo, si ella no sabe si su descarga de menstruación irregular es leve o moderada, debe seguir las reglas prescriptas para la descarga menstrual irregular leve. Si no sabe si su descarga menstrual irregular es moderada o excesiva, ejecutará las reglas para la descarga menstrual irregular moderada. Pero si sabe cuál de las tres clases de descarga irregular de menstruación ha tenido previamente, debe actuar de acuerdo a las reglas de ese tipo de descarga menstrual irregular.

413. Si al momento de la aparición inicial de la sangre de la descarga menstrual irregular permanece en el interior del cuerpo y no sale, no anula la ablución ni el baño que han sido llevados a cabo por la mujer. Si sale, anula la ablución y el baño aún cuando su cantidad sea pequeña.

414. Si una mujer que menstrua irregularmente se examina a continuación de llevar a cabo las plegarias y no encuentra sangre, ella puede llevar a cabo otras plegarias con la misma ablución, aunque sepa que la sangre pueda reaparecer.

415. Si una mujer con menstruación irregular sabe que desde el momento en que ha participado de la ablución o el baño, la sangre no ha emanado de ella, puede diferir el ofrecimiento de las plegarias tanto tiempo como el que sepa que se mantendrá en ese estado de pureza.

416. Si una mujer con menstruación irregular sabe que antes de que el momento de las plegarias finalice, ella estará totalmente purificada, o si sabe que a un determinado momento el sangrado se detendrá para el momento requerido para ofrecer las plegarias, debe aguardar y ofrecerlas cuando esté pura.

417. Si una mujer de menstruación irregular, luego de haber ejecutado la ablución y el baño, halla que el sangrado ha cesado, y siente que al retrasar las plegarias ella se purificará, dentro del tiempo requerido para la ablución, baño y plegaria, debe retrasar las plegarias y ofrecerlas luego de ejecutar la ablución nueva y el baño cuando se haya purificado totalmente. Si el momento de las plegarias es limitado, no será necesario para ella ejecutar la ablución y el baño. Debe ofrecer las plegarias con la ablución y el baño, lo que ya ha realizado.

418. Cuando una mujer de menstruación irregular cuyo sangrado se ha vuelto excesivo, se purifica, debe llevar a cabo el baño. Sin embargo, si sabe que no ha visto sangre luego de haberse bañado para las plegarias previas, no necesita bañarse nuevamente. Para la descarga menstrual moderada no es necesario realizar el baño luego de que el sangrado se ha detenido.

419. Una mujer con descarga menstrual irregular, con sangrado leve, moderado o excesivo, debe comenzar las plegarias inmediatamente después de haber actuado conforme a las reglas respectivas, excepto en la situación descripta en las reglas 403 y 415. Pero para recitar Athan, el llamado a la oración, e Iqama, el permiso para ingresar e las plegarias, antes de las plegarias o llevar a cabo los Actos Recomendables como el Qunut, súplica personal, etc., no habrá objeción.

420. Si una mujer de menstruación irregular a quien le es pedido no permitir lapso de tiempo entre la ablución o el baño y sus plegarias, no actúa de acuerdo a eso, deberá llevar a cabo la ablución o el baño nuevamente, y entonces rezar sin demora.

421. Si la sangre de la descarga menstrual irregular tiene un fluir rápido y sin pausa, y la interrupción del sangrado no le es nocivo, debe tratar de evitar que le emane sangre luego del baño. Si ella omite hacer esto y sangra, debe ofrecer todas las plegarias nuevamente, si ya ha rezado. Más aún, es una precaución recomendada que repita el baño.

422. Si la sangre se detiene al momento del baño está en orden. Pero si durante el baño, la descarga menstrual irregular se vuelve excesiva, será necesario que comience con el ritual de la ablución nuevamente.

423. Para la mujer que menstrua irregularmente que está ayunando, es una precaución recomendada que evite la emisión fuera del cuerpo, durante todo el día, en tanto sea posible.

424. Es ampliamente sostenido que el ayuno de la mujer, cuya descarga menstrual irregular es excesiva, es válido sólo si en la noche precedente al día en el que intenta ayunar, ella realiza el baño para las plegarias del atardecer y de la noche, y también toma los baños diurnos que son obligatorios para las plegarias diarias. Pero es muy probable que la validez del ayuno no dependa del ayuno. Igualmente, la validez del ayuno de una mujer con descarga menstrual irregular moderada, no depende del baño.

425. Si una mujer se vuelve menstruante irregular después de las plegarias de la tarde y no toma el baño hasta el atardecer, su ayuno estará, indudablemente, en orden.

426. Si una mujer con una descarga menstrual irregular leve, descubre antes de comenzar las plegarias, que su sangrado es moderado o excesivo, debe ejecutar las reglas prescriptas para las descargas menstruales irregulares moderadas o excesivas, tal como se menciono arriba. Si la descarga menstrual irregular moderada se transformó en excesiva, debe seguir las reglas prescriptas para la descarga irregular de menstruación excesiva. En caso de haber seguido las de la descarga menstrual irregular moderada, no será suficiente y deberá volver a bañarse como para la descarga de menstruación irregular excesiva.

427. Si la descarga menstrual irregular moderada se vuelve excesiva mientras ella aún está orando, deberá suspender las oraciones y bañarse como para la descarga menstrual irregular excesiva y llevar a cabo todos los actos relevantes y repetir las mismas plegarias, también. Basados en la precaución recomendada, debe llevar a cabo la ablución antes del baño. Si no tiene tiempo para el baño, es necesario que realice una ablución seca en lugar del baño. Si no tiene tiempo para la ablución seca debe, basados en la precaución, no interrumpir las plegarias y completarlas igualmente, en esas condiciones. Será necesario que ofrezca Quadha’ luego. La misma regla se aplica durante la oración de la mujer con descarga menstrual irregular leve, que siente que se le vuelve moderada o excesiva, tendrá que detener sus oraciones y seguir las reglas de la descarga menstrual irregular moderada o excesiva o cualquiera que le sea aplicable.

428. Si la sangre se detiene durante la oración y la mujer menstruante irregular no sabe si se ha detenido internamente o no, y luego de sus oraciones se da cuenta que el sangrado se ha detenido totalmente, teniendo a su disposición tiempo suficiente para ofrecer los rezos nuevamente en estado de pureza, será una precaución obligatoria, actuar acorde a las reglas aplicables a ella y rezar nuevamente.

429. Si la descarga menstrual irregular excesiva se reduce a una descarga menstrual irregular moderada, la mujer menstruante irregular debe llevar a cabo las reglas prescriptas para la descarga menstrual irregular excesiva para las primeras plegarias y luego, las de la descarga menstrual irregular moderada para las demás oraciones. Por ejemplo. Si una descarga menstrual irregular excesiva se transforma en una moderada antes del rezo del mediodía, debe practicar la ablución y el baño para las oraciones del mediodía, y para las oraciones de la tarde, atardecer y noche, sólo debe ejecutar la ablución. Sin embargo, si no llevó a cabo el baño para las oraciones del mediodía y sólo cuenta con tiempo para las oraciones de la arde solamente, debe llevar a cabo el baño para las oraciones de la tarde. Si aún no tomó el baño para las oraciones de la tarde, deberá tomarlo para las oraciones del atardecer. Si tampoco se bañó para las oraciones y sólo cuenta con tiempo para las oraciones del atardecer, deberá bañarse para las oraciones de las plegarias nocturnas.

430. Si la descarga irregular menstrual se detiene antes de cada plegaria y comienza a venir nuevamente, la mujer debe tomar el baño antes de cada plegaria.

431. Si la descarga menstrual irregular excesiva se reduce a una leve, la mujer menstruante irregular debe seguir, para las primeras oraciones, las reglas prescriptas para la descarga menstrual irregular excesiva, para las oraciones posteriores seguirá las reglas de la descarga menstrual irregular leve. Asimismo, si la descarga irregular de menstruación moderada se transforma en leve, debe seguir las reglas de la descarga menstrual irregular moderada para las primeras oraciones, y las prescriptas para la descarga menstrual irregular leve para las plegarias posteriores.

432. Si una mujer menstruante irregular descuida cualquiera de las reglas obligatorias, sus plegarias serán nulas.

433. Si una mujer que tiene descarga menstrual irregular leve o moderada desea comenzar un acto que requiere como prerrequisito la ablución, como tocar las escrituras del Corán, debe realizar la ablución para dicho acto. La ablución hecha específicamente para la oración no será suficiente si desea tocar una vez que las oraciones hayan concluido.

434. Una mujer menstruante irregular que ha realizado su baño obligatorio puede ir a la mezquita, detenerse por algún momento en ella y recitar las aleyas del Corán que contengan las postraciones obligatorias. Es lícito para su marido tener relaciones sexuales con ella, aunque ella no lleve a cabo todos los actos requeridos antes de las plegarias (por ejemplo el cambio del algodón o apósito). No es improbable que dichos actos puedan ser permitidos aún sin el baño, pero la precaución es evitarlos.

435. Si una mujer que se halla en estado de descarga menstrual irregular moderada o excesiva desea recitar, antes del tiempo de las plegarias, una aleya del Corán que contenga una postración obligatoria o ir a la mezquita, debe, sobre la base de la precaución recomendada, tomar el baño. La misma regla se aplica si su esposo desea tener relaciones sexuales con ella.

436. La oración de los Fenómenos naturales (durante los eclipses solares o lunares) es obligatoria para una mujer menstruante irregular y debe seguir todas las reglas, que han sido explicadas para las plegarias diarias.

437. Cuando la oración de los hechos naturales es obligatoria para una mujer menstruante irregular en el momento de las oraciones diarias, y desee ofrecer ambas plegarias, una a continuación de la otra, no puede, como precaución obligatoria, ofrece ambas con una ablución y un baño.

438. Si una mujer menstruante irregular desea ofrecer las oraciones Quadha’, debe seguir las mismas reglas que son aplicables a las oraciones ofrecidas dentro del momento. Como precaución, no debe considerar los actos llevados a cabo para las oraciones dentro del momento como suficientes para las oraciones Quadha’.

439. Si una mujer sabe que la sangre que emana de sí no es de una herida y no puede determinar si es sangre de menstruación o aborto, por la ausencia de las características definidas por las leyes islámicas, debe actuar acorde a las leyes de la descarga menstrual irregular. Si duda si es una descarga menstrual irregular u otro tipo de sangre y no tiene otros signos, basada en la precaución, debe seguir las reglas de la descarga menstrual irregular.

Fuente:http://www.rafed.net/english/women/top/laws/01-kinds-of-blood-seen-by-women.html

Filed in: Práctica Islámica

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