5:14 pm - viernes abril 29, 2968

Haydh “Menstruación”

Traducción al español para U.M.M.A por Fabiana Ríos

La menstruación (Haydh) es un tipo de sangre que normalmente es descargada cada mes del útero de las mujeres por unos pocos días. Cuando se produce la descarga, la mujer es llamada Haa’idh (menstruante).

440. La menstruación es generalmente espesa y tibia, su color es negro o rojo. Es descargada con poca presión e irritación.

441. La sangre observada por la mujer luego de los 60 años no es clasificada como menstruación. Como precaución recomendada, para las mujeres que no pertenecen al clan de Quraish, si observan sangre entre los 50 y 60 años, que posee las mismas características que la de menstruación, deben combinar las obligaciones y lo que no es obligatorio para las menstruantes.

442. La sangre observada por una niña que aún no cumplió los 9 años de edad no será clasificada como menstruación.

443. Es muy posible que una mujer embarazada o que esté amamantando, vea la menstruación y las reglas que se aplican a una mujer no embarazada, también se aplican para la embarazada, excepto si esa mujer que ha concebido ve sangre, con las habituales características de la menstruación, 20 días después del inicio de su período habitual, entonces no es necesario para ella, basándose en la precaución, abstenerse de los actos que están prohibidos para las mujeres menstruantes y ejecutar las obligaciones de una mujer menstruantes

444. Si una niña no sabe si cumplió o no los 9 años de edad, y observa sangre que no conlleva signo alguno de menstruación, esa sangre, entonces, definitivamente no es menstruación segura. Esta certeza absoluta determinará que ha llegado a los nueve años.

445. Si una mujer que duda si ha cumplido o no los 60 años de edad, observa sangre, que no puede determinar si es menstruación o no, debe decidir que no ha cumplido los 60 años

446. El período menstrual no es menor a los 3 días ni mayor a los 10, si el período durante el cual se descarga la sangre es menor a 3 días, aún por un pequeño margen de tiempo, la sangre no se considerará menstruación.

447. La sangre de la menstruación fluye continuamente por los primeros tres días. Por ello, si la sangre es observada por dos días, se interrumpe por un día, y es observada nuevamente por otro día, no será menstruación.

448. En la etapa inicial, es necesario que la sangre fluya fuera, pero no es necesario que sea vista fluyendo fuera durante los tres días. Es suficiente que la sangre se halle presente internamente. Por eso, si una mujer está limpia por un breve período de tiempo durante los tres primeros días (como es común en muchas mujeres), la sangre descargada aún será menstruación.

449. No es necesario que una mujer deba haber sangrado en la primera y cuarta noche, pero es esencial que el sangrado no se discontinúe en el segundo y tercer día. Por ejemplo, si el sangrado comienza en la mañana del primer día y continúa hasta el atardecer del tercer día, será considerado como menstruación. Igualmente si la sangre es observada desde el mediodía del primer día y se detiene para el mismo día del cuarto día, regirá la misma regla.

450. Si una mujer ve sangre continuamente durante tres días, y luego se detiene por breve período antes de ser vista otra vez y el número total de días en el que la sangre fue observada y en que se detuvo, no supera el total de diez días, los días en que la sangre manó serán contados como menstruación, entre el descanso será precaución obligatoria, durante el cual ella hará todo lo que debe hacer cuando está pura y se abstendrá de los actos que le están prohibidos para las menstruantes.

451. Si la sangre es observada más de tres días y menos de diez, y la mujer desconoce si es por una úlcera, una lastimadura o menstruación, no debe tratarla como menstruación.

452. Si una mujer ve sangre sobre la que no puede decidir si es la sangre de una lastimadura o de menstruación, ella debe continuar llevando a cabo sus actos de adoración, excepto cuando su condición precedente fuera de menstruación.

453. Si una mujer duda acerca de si la sangre observada es menstruación o descarga irregular de menstruación, ella debe considerarla como menstruación si tiene las características de menstruación.

454. Si una mujer es incapaz de decidir si la sangre observada es menstruación o de la virginidad. Ella debe auto examinarse, es decir, debe introducirse un algodón y aguardar un momento. Si descubre que sólo sus costados están manchados de sangre, es sangre virginal, si la sangre empapó todo el trozo de algodón, entonces se trata de menstruación.

455. Si la sangre es observada por menos de tres días, se detiene y recomienza por tres días, el segundo sangrado será menstruación pero el primero no será considerado como tal, aunque haya sido observado en los días de hábito.

Reglas para la Haa’idh “Menstruación de la mujer”

456. Actos prohibidos para la mujer que se halla en estado de menstruación:

” Orar y otros actos similares de adoración para los cuales la ablución, la ablución seca o el baño son necesarios. Sin embargo, no hay daño para ella si lleva a cabo los actos de adoración para los cuales la ablución, la ablución seca o el baño no son obligatorios (por Ej. La oración por los muertos).
” Todos aquellos actos prohibidos a una persona sexualmente contaminada (ver regla 361).
” Tener relaciones sexuales, está prohibido tanto al hombre como a la mujer, aún cuando el glande del pene pueda penetrar y el semen no sea descargado. De hecho es precaución obligatoria que el hombre se abstenga de la penetración aún a un punto menor que el de la circuncisión. La relación sexual anal con la esposa está prohibida, esté o no menstruando.

457. La relación sexual es ilícita también cuando la mujer no esté segura de estar en estado de menstruación, pero las leyes sagradas la llevan a que se trate a sí misma como si lo estuviera. Por ello, cuando una mujer ve más de diez días sangre, y, como será explicado luego, ella tiene que recurrir al hábito de sus parientes para determinar el período de menstruación, su esposo no tendrá permitido tener relaciones sexuales con ella durante esos días.

458. Si un hombre tiene relaciones sexuales con su esposa cuando está menstruando, él debe buscar el perdón Divino y como precaución recomendad es que debe pagar una redención. Las reglas concernientes a la redención serán explicadas luego.

459. Con excepción de las relaciones sexuales efectivas con una mujer menstruante, no hay daño en las demás formas de cortejar, atraer, besar, etc.

460. La expiación por las relaciones sexuales con una mujer menstruante son monedas de oro de 3,457 grs. si se las sostuvo en los primeros días; 1,729 grs. para los días intermedios y 0,865 para los últimos días del período menstrual. Por ejemplo, si la menstruación dura por seis días, y el esposo tuvo las relaciones sexuales con ella durante el primer o segundo día o noche, debe pagar 3,457 grs., si las mantuvo durante el tercer y cuarto día o noche, debe pagar con oro que pese 1,729 grs. Y para el quinto y sexto día o noche, debe pagar con oro que pese 0,865 grs.

461. Si no es posible en monedas de oro, debe pagar su valor equivalente. Si el precio del oro sufrió cambios al momento que desea pagar la expiación al pobre, en comparación al que tenía cuando mantuvo la relación sexual, debe pagar el precio reinante.

462. Si un hombre tiene relaciones sexuales con su esposa en la primera, segunda y tercera etapa de la menstruación, él debe dar la expiación por las tres, totalizando 6, 051 grs.

463. Si un hombre ha mantenido repetidas relaciones sexuales con la mujer menstruante, debe pagar por cada una de las veces.

464. Si un hombre se da cuenta durante la relación sexual que la mujer se ha vuelto menstruante, debe retirarse de ella inmediatamente, si no lo hace, la precaución recomendada es que debe pagar la expiación.

465. Si un hombre fornica con una mujer menstruante o tiene relaciones sexuales son una mujer menstruante que no es su mahram, bajo la impresión de que es su esposa, la precaución recomendada, es, en este caso también que debe pagar la expiación.

466. Si un hombre tiene relaciones sexuales con una mujer menstruante por ignorancia de la regla, o por haberla olvidado, no debe pagar la expiación.

467. Si un hombre tiene relaciones sexuales con una mujer creyendo que es menstruante, pero luego resulta que ella no estaba menstruando, no necesita pagar la expiación.

468. Como se ha explicado en la regla relativa al divorcio, si una mujer es divorciada mientras está en estado de menstruación, el divorcio es nulo.

469. Si una mujer dice que está menstruando o dice que está purificada de la menstruación, su afirmación debe ser aceptada, en tanto no sea conocida como poco confiable.

470. Si una mujer se vuelve menstruante mientras está orando, su plegaria será nula.

471. Si una mujer duda, mientras ofrece las plegarias si ha vuelto o no menstruante, su oración está en orden. Sin embargo, si se da cuenta luego de ofrecer las plegarias, que realmente se ha vuelto menstruante, durante las oraciones, sus plegarias serán nulas.

472. Luego que una mujer se purifique de la menstruación es obligatorio para ella tomar un baño para las oraciones y otros actos de adoración, que requieran ablución, baño o ablución seca. Las reglas para este baño son las mismas que para el baño de polución mayor. Es mejor que antes del baño deba ejecutar la ablución.

473. Después de que una mujer se haya purificado de la menstruación, y antes de haber tomado el baño, el divorcio que se le ha otorgado estará en orden, y su esposo puede también mantener relaciones sexuales con ella. Aunque es mejor tener relaciones sexuales luego de que la mujer se haya lavado. Sin embargo, la precaución recomendada es que el hombre debe evitar tener relaciones sexuales con ella antes de que haya tomado el baño. Sin embargo, hasta que tome el baño, otros actos como permanecer en la mezquita y tocar las escrituras del Corán, que están prohibidos para ella durante la menstruación, no le están permitidos.

474. Si una mujer no tiene suficiente agua para la ablución y el baño, y sólo alcanza para el baño, debe llevar a cabo el baño y es mejor que ejecute la ablución seca en lugar de la ablución. Si el agua es suficiente sólo para llevar a cabo la ablución, debe realizar la ablución y ejecutar la ablución seca en lugar del baño. Si no tiene agua para ninguno de ellos (el baño ritual o la ablución ritual) debe llevar a cabo la ablución seca para el baño ritual solamente. Es recomendado que también haga una ablución más en lugar de la ablución ritual.

475. No hay Quadha’ para la oración que deja durante el período de la menstruación, pero debe dar Quadha’ por los ayunos obligatorios que omitió debido al período menstrual. Esto incluye aún a aquellos ayunos que le han sido obligados en días fijados a causa de un voto, pero no pudo mantener a causa de la menstruación.

476. Si el momento de las oraciones llega y la mujer sabe o considera probable, que si demora el ofrecimiento de las plegarias estará menstruando, debe ofrecer las plegarias inmediatamente.

477. Si una mujer demora el ofrecimiento de las plegarias en el momento exacto, permitiendo un lapso igual al momento requerido para ofrecer una oración junto con la Ablución o la ablución seca, y luego se vuelve menstruante, debe dar Quadha’ por esa oración. Al calcular el tiempo, lo extrínseco como rezar de prisa o lentamente y otros asuntos deben ser considerados individualmente. Por ejemplo si una mujer que no se halla de viaje retrasa sus oraciones del mediodía, Quadha’ será obligatorio para ella si el tiempo que iguala al llevar a cabo las cuatro inclinaciones junto a la ablución o a la ablución seca, sobrepasa al tiempo exacto del mediodía y luego se vuelve menstruante. Para aquella que esté de viaje, si el paso del tiempo iguala a llevar a cabo dos inclinaciones con la ablución o la ablución seca, es suficiente.

478. Si una mujer está purificada de la menstruación cuando el momento de las oraciones está por terminar y tiene tiempo a su disposición, que es suficiente para bañarse y llevar a cabo una inclinación más, debe ofrecer las oraciones, si no puede hacerlo, debe ofrecer Quadha’.

479. Si una mujer menstruante descubre que no tiene tiempo suficiente para el baño pero puede ofrecer el rezo dentro del tiempo prescripto luego de llevar a cabo la ablución seca, la precaución obligatoria es que debe ofrecer el rezo con la ablución seca, y si no ofreció esa oración será obligatorio que ofrezca su Quadha’. Nuevamente si la ablución seca obligatoria para ella debido a otras razones, como, si el agua es perjudicial para ella, debe ejecutar la ablución seca y ofrecer esa plegaria, si no la ofrece, tendrá que dar su Quadha’.

480. Luego de haberse purificado de la menstruación, si una mujer duda si tiene o no tiempo para el rezo, debe ofrecer las plegarias.

481. Si luego de purificarse de la menstruación una mujer no ofrece las oraciones bajo la impresión de que no tendrá tiempo para llevar a cabo los preparativos necesarios para las plegarias y ofrecer una inclinación, pero entiende que luego tendrá tiempo para todo ello, debe ofrecer Quadha’.

482. Es recomendado para una menstruante que cuando sea el momento del rezo, ella debe purificarse a sí misma lavándose la sangre y cambiándose el apósito. Luego deberá llevar a cabo la ablución o la ablución seca, la que sea aplicable, y en el lugar de las oraciones enfrentando la Quiblah que se ocupe en recitar, suplicando y orando (Salawat).

483. Se desaprueba para una mujer menstruante que lea el Santo Corán, que lo tenga consigo, que toque con cualquier parte del cuerpo el espacio entre líneas. Se desaprueba que se tiña el cabello con henna u otras cosas parecidas.

Clases de mujeres de acuerdo al Haydh (Menstruación)
484. Hay seis tipos:
*La mujer con el hábito de tiempo y duración: Una mujer que observa la sangre en uno de los dos meses consecutivos en un momento en particular y por un número fijo de días. Por ejemplo, cada mes la sangre puede ser vista del primero al séptimo día del mes.

*La mujer que tiene el hábito del tiempo: Una mujer observa la sangre en cada uno de dos meses consecutivos, en un momento en particular, pero el número de días varía. Por ejemplo, en dos meses consecutivos su sangrado comienza en primero del mes, pero se purifica el séptimo día del primer mes, y al octavo días en el segundo mes.

*La mujer que tiene el hábito de la duración: Una mujer que observa la sangre en cada uno de los dos meses consecutivos, durante un número en particular de días, pero el comienzo no es el mismo. Por ejemplo, en el primer mes, el sangrado es observado del quinto al décimo día del mes y en el Segundo mes del duodécimo al décimo séptimo día de ese mes.

*Mudhatariba, duración desordenada: Una mujer que ha observado sangre por unos meses pero no tiene un hábito formado, o sus hábitos pasados se han desordenado y no tiene uno nuevo.

*Mubtadiya, principiante: Una mujer que observa el sangrado por primera vez.

*Nasiya, olvidadiza: Una mujer que ha olvidado su hábito.
Algunos detalles más sobre las mujeres menstruantes

485. Las mujeres que tienen el hábito de tiempo y duración son de dos clases:

Primera, una mujer que observa sangre en dos meses consecutivos, en un momento en particular por una duración determinada. Por ejemplo, observa sangre el primer día de cada mes y se purifica en el séptimo de cada mes. Su hábito de menstruante será desde el primero al séptimo de cada mes.

Segundo, una mujer que observa sangre en cada uno de dos meses consecutivos en un momento en particular y luego de tres o más días se purifica por uno o más días, y la sangre es vista otra vez, pero el número total de días durante los cuales la sangre es observada y los que permanece purificada, no exceden los diez días, en cada mes el número total de días en los que la sangre es observada y los días intermedios en que permanece purificada. No es necesario, sin embargo, que los días intermedios durante los cuales permanece purificada deban ser idénticos en cada mes.

Por ejemplo: si en el primer mes la sangre es vista por tres días, desde el primero al tercer día del mes, y luego permanece purificada por tres días, en tanto que en el segundo mes la sangre viene por tres días, se detiene por tres días y es vuelta a ver por tres días y el número total de días durante los cuales la sangre es vista es seis, esta mujer será clasificada, entonces, como que tiene el hábito fijo de seis días. Si el número de días durante el cual la sangre es observada varía en el segundo mes, entonces es de las que tienen hábito fijo de inicio pero no de duración.

486. Si una mujer que tiene un hábito fijo de tiempo, independientemente de si tiene o no el hábito fijo de duración, ve sangre a tiempo o uno día o dos antes, esa sangre será menstrual aunque no tenga las características de la menstruación. Por eso, ella actuará de acuerdo a las reglas aplicadas a las menstruantes. Si resulta que no era menstruación, por ejemplo, si ella se purifica antes de los tres días, ella debe dar Quadha’ por los actos de servicio que no ha cumplido.

487. Si una mujer que tiene el hábito del tiempo y la duración observa sangre durante todos los días de su hábito fijo, y uno días antes y después, y el número total de días no excede de diez, todo será menstruación. Si excede los diez días, sólo la sangre vista durante los días de su hábito es menstruación, el resto será considerada descarga menstrual irregular, y debe ofrecer Quadha’ de los actos de adoración que no llevó a cabo durante los días precios y posteriores a los de su hábito. Si observa sangre todos los días de su hábito y unos días antes, y el número total de días no excede de diez, todo eso fue menstruación. Si excede los diez días, entonces, la sangre vista durante los días de su hábito será menstruación, aunque no tenga signos de menstruación, y la sangre vista después será clasificada como descarga menstrual irregular aunque tenga las características de menstruación. Ofrecerá Quadha por las oraciones que no fueron realizadas los días previos. Si ve sangre durante los días de su hábito fijo y además días después de su hábito, y todos ellos no exceden los diez días, todo será menstruación. Si excede los diez días, la sangre vista durante sus días habituales será menstruación y el resto será considerado descarga menstrual irregular.

488. Si una mujer, que tiene el hábito fijo de la duración y del tiempo, observa sangre en algunos días de su hábito y unos días antes, y el número total de días no supera los diez días, todo será menstruación. Si el número de días excede los diez, sumará los números de días dentro de su tiempo habitual a los días anteriores y completará su duración fija. Aquellos serán los días de menstruación y el resto será descarga irregular de menstruación.

*Si ve sangre durante alguno de los días habituales más otros días después, y el número total de días no excede los diez, todos serán menstruación. Si el total excede los diez días, sumará al número de su tiempo habitual a los últimos días hasta completar su período fijado de duración. Estos serán los días de menstruación y el resto se clasificará como descarga menstrual irregular.

489. Si una mujer tiene el hábito fijo de menstruación y observa sangre por tres días o más, se detiene y vuelva a verla y el lapso entre las dos descargas es menor a diez días y si el número total de días en los que la sangre ha sido vista junto con el período intermedio en el que se detuvo, excede los diez días (por Ej: Cuando la sangre es observada por cinco días y se detiene por cinco días y es vuelta a observar a los siguientes cinco días) hay, entonces varias reglas:

*Si la sangre, toda o parte de ella, observada en los días iniciales fue durante los días de su hábito y la sangre vista después, en la segunda etapa, luego de un estado temporal de purificación, no vino durante los días de su hábito, entonces deberá tratar su primer sangrado como menstruación y al segundo como una descarga menstrual irregular.

*Si la sangre observada en los días iniciales no es durante los días de su hábito, pero el segundo sangrado, todo o parte de él, fue visto en los días de su hábito, debe, entonces, tratar al Segundo sangrado por complete como menstruación y al primero como descarga irregular de menstruación.

*Si observo al primer y segundo sangrado durante los días de su hábito, y el sangrado no dura al menos tres días, entonces, ese período junto con el intermedio cuando estaba purificada será menstruación, ya que el período total cubierto por ellos no excede los diez días. Como precaución obligatoria debe hacer todo lo que una dama pura hace y abstenerse de todo aquello que una mujer menstruante tiene prohibido hacer durante el período intermedio. Parte de la sangre que ella continúa viendo después de los días de su hábito, será clasificada como descarga menstrual irregular. Pero la sangre que pudiera ver un día o dos antes de su tiempo habitual puede ser menstruación, como acostumbradamente ocurre en algunos casos de mujeres con el hábito fijo. Si halla que al continuar la descarga temprana de menstruación, la sangre que observó en la segunda etapa durante su período habitual será contada como fuera del límite de los diez días, puede considerar la descarga temprana como descarga menstrual irregular. Por ejemplo: si su hábito es ver sangre del tercero al décimo día de cada mes, y durante cualquier mes el hábito cambia y ve sangre del primero al sexto día y se mantiene purificad por dos días. De allí, ve sangre nuevamente hasta el décimo quinto días, la regla será que la sangre observada desde el primero al décimo es menstruación y la vista del onceavo al décimo quinto es descarga menstrual irregular.

*Si observa sangre en ambas etapas durante sus días habituales, pero la sangre vista en los días iniciales por menos de tres días, es posible, entonces, que deba agregar los días de la descarga temprana para completar los tres días y tratar el período como menstruación. El segundo sangrado, que puede caer en los días habituales será considerado como menstruación, ya que el total de la primera y segunda etapa, juntas con los días intermedios de pausas no exceden los diez días. En ciertas circunstancias, tiene que considerar toda la sangre observada en el período inicial como menstruación, pero hay dos condiciones para ello:

(i) La descarga observada anteriormente a los días habituales debe estar acostumbradamente esperada.

(ii) Al considerar todo el período inicial como menstruación, la sangre vista en la segunda etapa de los días habituales no es excluida de los diez días máximos. Por ejemplo: si una mujer tiene el hábito de ver sangre desde el cuarto al décimo día de cada mes, y la observa antes, digamos desde el primero al cuarto, y luego hay un breve período en que la sangre se detiene, digamos por dos días y continúa hasta el día quince. La regla es que toda la sangre observada en primer lugar es menstruación, y la que se vio en segunda instancia, la observada hasta el décimo, será menstruación. El resto es considerado como descarga menstrual irregular.

490. Si una mujer con el hábito fijo de tiempo y duración no observa sangre dentro de su habitualidad, y la ve antes o después, se la considerará menstruación si viene por igual número de días y conlleva todas sus características.

491. Si una mujer que tiene el hábito del tiempo y la duración observa sangre dentro de su habitualidad por tres o más días, pero menos que el tiempo acostumbrado de días, la sangre se detiene y de allí es vuelta a ver por la cantidad de días igual al de su hábito, tratará a todo el período, incluyendo al intermedio, como una menstruación, si no excediesen los diez días. Si el número de días intermedios durante los cuales ella está pura de sangre es de diez días o más, cada período de sangrado, entonces, será considerado por separado como menstruación. Si el lapso intermedio es menor a diez días, pero el total del primer, intermedio y segundo período exceden los diez días, el primer período será menstruación y el Segundo descarga irregular de menstruación.

492. Si una mujer que tiene el hábito fijo de tiempo y duración ve sangre por más de diez días, la sangre que ve durante los días de su hábito es menstruación, aunque pueda no tener las características de menstruación y la sangre observada los días posteriores a su hábito es descarga irregular de menstruación, a pesar de que posea los signos de menstruación. Por ejemplo: si la sangre de una mujer cuyo hábito es desde el primero al séptimo día del mes, es vista desde el primero al doceavo de un mes en particular, la sangre que es observada durante los restante cinco días será descarga irregular de menstruación.

Mujeres que tienen solo el hábito del tiempo

Las mujeres que tiene el hábito del tiempo son de dos tipos:
493. Primero: la mujer que ve sangre en cada uno de los dos meses consecutivos en un cierto día, y luego se purifica después de algunos días. La duración del sangrado varía cada mes. Por ejemplo: si la sangre es observada el primero de cada mes pero se detiene en el séptimo día en el primer mes y en el quinto día en el segundo mes, su hábito de tiempo será el primero de cada mes.

Segundo, una mujer que observa sangre dos meses consecutivos en un cierto día, digamos tres o más días, se detiene, y luego es vuelta a observar, pero el número total de días no excede los diez días. Sin embargo, el número de días durante los doce meses es más o menos el mismo que los días en el primer mes. Por ejemplo: si la sangre observada el primer día de dos meses consecutivos pero la duración total de días en el primer mes es de cinco días, y de nueve en el Segundo, deberá tratar al primer mes como el de su hábito de tiempo.

494. Si una mujer que tiene el hábito del tiempo pero la duración de la menstruación no es constante, observa sangre en el momento habitual o dos o tres días antes, debe tratarse a sí misma como menstruante y actuar acorde a los detalles dados en la regla.
*Si la sangre es observada mucho tiempo antes, tanto que no puede ser considerada como la acostumbrada, o si la observa mucho más tarde, debe considerarse a sí misma como menstruante si la sangre tiene las características de menstruación. Igualmente, la considerará como menstruación si está segura que el sangrado continuará por tres días, aunque la sangra no parezca de menstruación.

*Si no está segura si esta clase de sangrado durará por tres días o no, entonces como precaución obligatoria, llevará a cabo todos aquellos actos que son obligatorios para una mujer menstruante irregular, y abstenerse de todos los que le están prohibidos a una menstruante irregular.

495. Si una mujer con el hábito fijo de tiempo, observa sangre en el momento habitual por más de diez días y es incapaz de determinar la duración exacta de la menstruación por sus características, como precaución, entonces, deberá seguir los hábitos de sus parientes maternos o paternos, independientemente de si están vivos o muertos, teniendo en cuenta que.

(i) El estado de sus parientes no difiera marcadamente de su estado. Ella, como mujer joven y activa, no puede comparase con los hábitos de una anciana o de alguien cercana a la menopausia.

(ii) No se ha de comparar con una mujer de su familia cuyos hábitos son totalmente distintos a los de su familia. La regla anterior también se aplica a la mujer con un hábito fijo en el tiempo, que no ve el sangrado a tiempo y la observa fuera de los días de su hábito por más de diez días y es incapaz de distinguir sus características.

496. Una mujer con el hábito fijo de tiempo no puede cambiar su menstruación a otro período fuera de su tiempo habitual. De allí si su tiempo de inicio está fijado en el primer día de cada mes, con una variación de cinco o seis días, repentinamente ve sangre por doce días y es incapaz de reconocer las características para determinar la duración de la menstruación, tomará el primer día del mes como el comienzo y para la duración recurrirá a la anterior regla 495, si ella es consciente de los días finales o medios de su hábito y el número total de días excede los diez días la duración de la menstruación de tal manera que los días medios o finales caigan dentro del tiempo habitual.

497. Si una mujer con el hábito fijo de tiempo observa sangre por más de diez días y es incapaz de determinar la naturaleza como se explicó en la regla 495, será libre, entonces, de decidir por cualquier número de días que sienta que pueden ser sus días de menstruación. Es recomendado que fije siete días y la hacer esto debe recordar su hábito de inicio, tal como e mencionó en las reglas anteriores.
Mujeres que tienen el hábito de la duración fija

Las mujeres que tiene el hábito de la duración fija son de dos clases:

498. Primera: la mujer cuya duración de la menstruación en dos meses consecutivos es la misma pero el tiempo de inicio difiere. En tales circunstancias su hábito de duración será el número de días durante los que ve sangre. Por ejemplo: si la sangre es vista desde el primero al quinto día el primer mes y desde el onceavo al décimo quinto día del segundo mes, su hábito de duración será de cinco días.

Segunda: una mujer que ve sangre en dos meses consecutivos por tres o más días, se detiene por un día o dos antes de recomenzar, aunque el tiempo de inicio del sangrado varíe entre el segundo y el primer mes, el hábito de duración será el número de días durante los cuales la sangre es vista, teniendo en cuenta que el número total de días de sangrado y de purificación no excediesen los diez y la duración del período en ambos meses se mantenga igual. Como medida de precaución, en los días intermedios, llevará a cabo todo lo que debe hacer una dama que está purificada y abstenerse de todos aquellos actos que le están prohibidos a una menstruante. Por ejemplo: si durante el primer mes ve sangre desde el primero hasta el tercer día, se detiene por dos días y vuelve a ser observada por tres días más; en el segundo mes la observa desde el onceavo al décimo tercero, se detiene por dos días y vuelve a observarla, su hábito de duración será de seis días. Y si la duración es dos meses consecutivos, y por cuatro días en el siguiente, luego una pausa, y otra vez el sangrado recomienza, totalizando ocho días, incluyendo los días intermedios, dicha mujer no puede ser tenida como una mujer con una duración fija. Tiene un desorden Mudhtariba, cuyas reglas serán consideradas luego.

499. Si una mujer con el hábito fijo de la duración observa sangre por más o menos días que su duración habitual, pero el número de esos días no excede los diez, debe tratarlos como menstruación. Si excede los diez y la naturaleza de la sangre permanece igual en su totalidad, calculará su duración habitual desde el día en que el sangrado comenzó y lo tratará como menstruación. Pero si la naturaleza de la sangre cambia, mostrando algunos días las características de la menstruación y otros días con signos de descarga menstrual irregular, pueden existir, entonces, tres posibilidades:

(i) Si el número de días en los que la sangre cuadra con la duración habitual, contará esos días como de menstruación y el resto como de descarga irregular.
(ii) Si el número de días en los que la sangre muestra características de menstruación supera su duración habitual, entonces tomará la duración habitual como menstruación y el resto como descarga menstrual irregular.

(iii) Si el número de días en los que la sangre muestra características de menstruación es menor a la duración habitual, sumará algunos días para completar la duración y tomar el período como menstruación y tratar al resto como descarga menstrual irregular.
Mudhtariba (Desordenada)

500. Mudhtariba es una mujer que puede observar sangre algunos meses, pero no formó un hábito fijo ni de tiempo ni de duración. Si dicha mujer ve sangre por más de diez días y la naturaleza de la sangre permanece igual, ya sea pareciendo menstruación o descarga irregular de menstruación, deberá ser clasificada entre aquellas mujeres que, a pesar del hábito fijo de tiempo, ven sangre en períodos inusuales y son incapaces de distinguir las características de una y otra.

*Como medida precautoria, se referirá a los hábitos prevalecientes entre sus parientes y los adoptará. Si eso no es posible, puede fijar un número razonable cualquiera, nunca menor a tres ni mayor a diez días, tal como se explicó en las reglas 495 y 497. 501. Si una Mudhatariba observa sangre más de diez días y por algunos días la sangre tiene los signos de menstruación y durante los demás días tiene los signos de descarga menstrual irregular, y la sangre que tiene los signos de menstruación es no menor a tres días y no mayor a diez días, entonces toda esa será menstruación. El resto será descarga menstrual irregular.

*Si la sangre que tiene los signos de menstruación es menor a tres días y mayor a diez días, seguirá las reglas explicadas en las cláusulas anteriores para poder determinar el número de días en menstruación.

*Si luego de haber determinado su período menstrual, vuelve a observar sangre, antes de completar los diez días de estar purificada, con las características de menstruación, considerará la nueva emisión como descarga irregular de menstruación.
Mubtade’a (La principiante)

502. Mubtade’a (la principiante) es una mujer que observa sangre por primera vez. Si la vez por más de diez días y toda la sangre tiene los signos habituales, deberá referirse a los hábitos prevalecientes entre sus parientes y considerar su correspondiente duración como menstruación y al resto como descarga menstrual irregular, teniendo en cuenta las dos provisiones de la regla 495. Si aún así parece imposible que sea libre de fijar una duración cierta como fue explicado en la regla 497.

503. Si una Mubtade’a (principiante) ve sangre por más de diez días, alguna con los signos de menstruación y otra con las características de descarga menstrual irregular, y la observada con todos los signos de menstruación es vista por no menos de tres días y no más de diez, esa sangre es menstruación. Pero si vuelve a ver sangre antes de la expiración de los diez días y esa sangre parece menstruación, por ejemplo si sangre oscura es vista por cinco días y sangre amarillenta es observada por nueve días, y la sangre oscura es vuelta a ver por cinco días, debe tratar la primera sangre como menstruación y al resto como descarga menstrual irregular, como se explicó en el caso de Mudhtariba.

504. Si una Mubtade’a observa sangre por más de diez días, alguna de la cual tiene los caracteres de menstruación y otra con signos de descarga menstrual irregular, y la sangre con las características de menstruación es vista por menos de tres días, la tratará como menstruación y para determinar la duración de la misma seguirá lo establecido en la regla 501.

Nasiyah “la que perdió su hábito de tiempo”

505. Nasiyah es la mujer que ha olvidado su hábito de tiempo y duración, dichas mujeres son de varios tipos:
Uno de ellos es la mujer que tuvo el hábito fijo de duración y ahora lo ha olvidado. Si ve sangre por tres o más días, no excediendo los diez, tratará a todo como menstruación.

*Si ve sangre por más de diez días, es clasificada como desordenada Mudhtariba, y seguirá la regla 500 y 501, con una diferencia: mientras determina la duración debe saber que la duración que está fijando no es menor a su costumbre habitual ni puede fijar una duración más larga a la de su hábito acostumbrado. Es similar el caso de una mujer que tuvo el hábito fijo de la duración pero es observado con pequeñas variaciones cada mes, por ejemplo. Vio sangre por seis días y a veces por siete días en un mes. Dicha mujer, si es incapaz de determinar basándose en las características o los hábitos de los parientes, deberá fijar, entonces, su duración dentro de los límites de los seis y siete días.
Varias reglas relativas a la menstruación Haydh

506. Si una Mubtade’a, una Mudhtariba, una Masiya o una mujer con el hábito fijo de la duración ve sangre con los signos de menstruación o está segura de que la descarga durará por tres días, deben abandonar las oraciones obligatorias. Pero si más tarde comprenden que no fue menstruación, deben dar Quadha de las plegarias que no ejecutaron.

507. Si una mujer tiene el hábito fijo de la menstruación, sea de tiempo o de duración o ambos, y ve sangre dos meses consecutivos contrario a su hábito acostumbrado en el que encuentra que el tiempo, la duración o ambos coinciden, entonces formó un nuevo hábito. Por ejemplo: si previamente vio sangre desde el primero al séptimo día del mes, pero durante los dos meses, la vio del décimo al décimo séptimo día, entonces el período del décimo al décimo séptimo día del mes será su nuevo hábito.

508. Un mes significa la expiración de treinta días desde el día de inicio de menstruación, y no el período que va desde el primer al último día del mes.

509. Si una mujer habitualmente ve sangre una vez al mes, pero en un momento en particular, la ve dos veces con características de menstruación y el número de días intermedios durante los que permanece purificada no es menor a diez días, tratará a ambas como menstruación.

510. Si una mujer ve sangre con los signos de menstruación por tres o más días, y luego por diez o más días observa sangre con los caracteres de descarga menstrual irregular y nuevamente ve sangre con signos de menstruación por tres días, debe tomar el primer y último sangrado como menstruación.

511. Si una mujer se purifica antes de la expiración de los diez días y siente que no hay sangre en su parte interior, debe ejecutar el baño para los actos de adoración aunque pueda tener un sentimiento de que la sangre puede volver a aparecer nuevamente antes de completar los diez días. si está absolutamente segura que verá sangre antes del lapso de diez días, aún así, como cuestión de precaución debe tomar el baño y llevar a cabo sus servicios, pero debe abstenerse de hacer todo aquello que le está prohibido para una mujer menstruante.

512. Si una mujer se purifica antes de los diez días, pero siente que puede haber sangre en su interior, debe introducirse un algodón y aguardar un momento para averiguarlo. Si descubre que se ha purificado. Debe tomar el baño y ejecutar los actos de adoración. Si descubre que no se ha purificado totalmente, y no tiene un hábito fijo de menstruación, si su hábito es de diez días o tiene la duración fija que aún no se completó, entonces deberá esperar. Si se purifica antes de los diez días, debe llevar a cabo el baño. Si se purifica al completar los diez días o si su sangrado excede diez días entonces tomará el baño al final del décimo día.

*Si su hábito es menor a diez días, y está segura que la sangre cesará antes de que pasen los diez días o antes de finalizar el día, no deberá realizar el baño hasta ese entonces. Si siente que el sangrado puede exceder los diez días, es precaución recomendada que evite los actos de adoración por un día o hasta el décimo día. La regla se aplica a aquellas mujeres que tienen un continuo sangrado ante de los días de su hábito. De otro modo no está permitido omitir los servicios luego que los días del hábito finalicen.

513. Si una mujer trata a la sangre que observó durante ciertos días como menstruación y no realizó sus actos de adoración y luego se da cuenta que no era menstruación, debe dar Qadha por las oraciones omitidas y ayunar si no lo ha hecho. Si realiza los actos de adoración creyendo que la sangre no es menstruación y luego se da cuenta de que lo era, el ayuno guardado en esos días será nulo.

Filed in: Práctica Islámica

No comments yet.

Deja un comentario

Debes iniciar sesion para dejar un comentario.