5:14 pm - jueves abril 29, 2134

Reglas Varias en Relación al Matrimonio

Traducción al español para U.M.M.A por Fabiana Ríos

2450. Si una persona es atrapada en actos prohibidos debido a no tener una esposa, es obligatorio para él el casarse.

2451. Si el esposo pone como condición antes del matrimonio que la mujer debe ser virgen, y se comprueba luego del matrimonio que no lo es, él puede repudiar el matrimonio. Sin embargo, él puede debutar y tomar la diferencia entre la Dote que habitualmente se paga por una virgen de la que se paga por una que no lo es.

2452. Está prohibido a un hombre y una mujer que no son Mahram, estar juntos, en un lugar privado, en el que no haya alguien más, si se teme ser llevados a la inmoralidad y al escándalo, aunque sea un lugar al que otra persona pueda llegar fácilmente. Pero si no se teme mal alguno, no hay objeción.

2453. Si el hombre fija la Dote de la mujer al momento del contrato matrimonial, pero no pretende otorgarla, el contrato matrimonial está en orden, pero él quedará en deuda hacia ella.

2454. Un musulmán que renuncia al Islam y adopta una fe no musulmana, es un apóstata, y puede serlo de dos tipos: “Fitri” (natural) y “Mini”. El apóstata Fitries aquél cuyos padres o uno de ellos era musulmán al momento de su nacimiento, y él mismo era también musulmán, hasta haber llegado a la edad de discernimiento, y luego se convierte en un no musulmán. Un apóstata Mini es exactamente lo opuesto.

2455. Si una mujer se convierte en apóstata luego del matrimonio, su matrimonio queda nulo, y si su esposo no mantiene relaciones sexuales con ella, a ella no se le exige la observancia del Iddah. Su posición será la misma si ella apostata luego de la relación sexual, si ella ha llegado a la menopausia (Yai’sa) o es una menor. Si ella ha alcanzado la menopausia, ella debe observar el Iddah, como se ha explicado en las reglas del divorcio. Y es comúnmente sostenido, que si ella se convierte en musulmana durante su Iddah, su matrimonio se mantiene intacto. Sin embargo, es improbable que esto deba ser válido, y de allí, que la precaución no deba ser abandonada. Una mujer Ya’isa, es aquella que ha llegado a los 50 años de edad, y a causa de tan avanzada edad, ella deja de tener la menstruación, y no espera volver a tenerla alguna vez.

2456. Si un hombre se transforma en apóstata Fitri (natural) luego de que el matrimonio ha sido contraído, su esposa se torna prohibida para que él se case con ella y debe observar el Iddah de la muerte, en el modo en que fue explicado en lo relativo al divorcio.

2457. Si un hombre se convierte en un apóstata Mini luego de haber contraído matrimonio, su matrimonio queda nulo. Si él no tiene relaciones sexuales con su esposa, o si ella llegó a la menopausia, o ella es menor, ella no necesita observar el Iddah. Pero si apostata luego de tener relaciones sexuales con su esposa, que está en la edad en la que normalmente las mujeres tienen la menstruación, ella debe observar el Iddah del divorcio, que será explicado bajo las reglas relativas al divorcio. Y es comúnmente sostenido, que si su marido se vuelve musulmán antes de que se complete el Iddah, su matrimonio permanece intacto. Sin embargo, es improbable que esto sea correcto, pero la precaución no debe ser abandonada.

2458. Si la mujer impone la condición, al tiempo de contraer el matrimonio, que su esposo no debe sacarla del la localidad donde viven, y el hombre acepta dicha condición, él no ha de sacarla de la localidad en contra de su voluntad.

2459. Si una mujer tiene una hija de su marido anterior, su segundo marido puede darla a su hijo, que no es de esta esposa. Asimismo, si una persona casa a su hijo con una muchacha, él mismo puede casarse con la madre de esa muchacha.

2460. Si una mujer queda embarazada como resultado de la fornicación o el adulterio, no le es permitido tener un aborto.

2461. Si un hombre fornica con una mujer que no tiene esposo, o no se halla en algún Iddah, y luego se casa con ella, y nace una criatura de ambos, pero ellos no saben si la criatura es el resultado de la relación legítima o no, el niño será considerado legítimo.

2462. Si un hombre no sabe que una mujer está en un Iddah, y se casa con ella, y si la mujer tampoco lo sabe (que ella está en Iddah) y nace una criatura de ambos, la criatura es legítima y de acuerdo a la ley islámica les pertenece a ambos. Sin embargo, si la mujer es conciente de hallarse en su Iddah, y que durante el Iddah no se permite el matrimonio, la criatura pertenece, según la ley islámica, al padre, y en ambos casos su matrimonio es nulo y ellos están prohibidos entre sí.

2463. Si una mujer aduce que ha llegado a la menopausia, su palabra puede no ser aceptada, pero si manifiesta no tener esposo, su palabra es aceptable, excepto cuando sea reconocidamente no confiable, en cuyo caso, será necesaria una investigación.

2464. Si un hombre se casa con una mujer luego de su afirmación acerca de no tener esposos, y si alguien luego reclama que ella es su esposa, su reclamo no será tenido en cuente, a menos que pruebe que eso es verdad de acuerdo a las leyes islámicas.

2465. Hasta que un hijo o hija haya cumplido los dos años de edad, su padre no puede separarse de su madre. Y como precaución, un niño no debe ser separado de su madre hasta que cumpla los siete años de edad.

2466. Si una persona que propone matrimonio es conocido por su fe y sus virtudes, se recomienda que dicha propuesta no sea rechazada. Se informa que el Profeta (la bendición y la paz sean con él y su descendencia) dijo. “Cada vez que reciban una propuesta de matrimonio para una hija, de un hombre cuya virtud y piedad los complace, entonces entréguenle la mano de su hija en matrimonio. Ya que si no lo hiciesen, grandes escándalos y fallos llenarán la tierra”

2467. Si una mujer compromete su Dote con su marido, con la condición de que él no ha de casarse con otra, es obligatorio para él no casarse con otra mujer, y que esa mujer no reclame su Dote.

2468. Si una persona ilegítima se casa, y tiene un hijo, esa criatura es legítima.

2469. Si una persona tiene relaciones sexuales con su esposa durante el ayuno del mes de Rammadam o cuando está menstruando, comete un pecado, pero si conciben un hijo es legítimo.

2470. Si una mujer, que está segura de la muerte de su esposo durante un viaje, se casa con otro hombre luego de completar su Iddah de muerte (que será explicado entre las reglas referentes al “Divorcio”) y después su primer marido regresa del viaje, ella debe separarse inmediatamente de su segundo marido, y será legítima para su primer esposo, pero si el segundo marido mantuvo relaciones sexuales con ella, ella deberá observar el Iddah, y el segundo esposo debe darle su Dote apropiada, igual a la de una mujer de categoría similar, pero ella no tiene derecho a la subsistencia durante el Iddah.
Referencia: www.rafed.com

Filed in: Práctica Islámica

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